Edicte del Govern Superior Polític de les Balears (1837)

Període: Imposició del castellà/francès i arraconament del català 1760-1874
Data del fet: 22-02-1837
Àrea geogràfica: Illes Balears
Lloc del succés: Illes Balears
Perseguidor: Govern superior polític de les Illes Balears
Persona agredida: Escolars de les Illes Balears
Imposició: Volen que parlin en castellà i per això imposen càstigs
Amenaça: Al final de la setmana el nin que tenia l'anell era castigat.
Justificació: Considerando que el ejercicio de las lenguas científicas es el primer instrumento para adquirir las ciencias y transmitirlas, que la castellana, además de ser la nacional, está mandada observar en las escuelas y establecimientos públicos, y por haberse descuidado esta parte de instrucción en las islas viven oscuros muchos talentos que pudieran ilustrar no solamente a su país, sinó a la nación entera; deseando que no queden estériles tan felices disposiciones y considerando finalmente que sería tan dificultoso el corregir este descuido en las personas adultas como fácil será fácil emmendarle en las generaciones que nos sucedan...
Conseqüències: L'avès dels infants a parlar en llengua castellana dins l'escola. D'aquesta manera es va començar a establir d'una manera pràctica la superioritat de la llengua castellana a les Illes Balears.
Circumstàncies: Conversa privada en espai públic
Bibliografía:
  • Informe sobre la llengua catalana (Pàg 283-285. )

  • Disposició de persecució de la llengua a les escoles de les Illes Balears a través del sistema de perseguir-ne l'ús oral dins l'escola a partir del desgraciat i famós sistema de l'anell que es donava al començament de la setmana a un alumne que hagués dit una paraula que no fos castellà i aquest havia de passar la penyora al primer company que li sentís una paraula en català. Al final de la setmana qui tenia l'anell tenia càstig
    Transcripció de l'edicte: "Considerando que el ejercicio de las lenguas científicas es el primer instrumento para adquirir las ciencias y transmitirlas, que la castellana, además de ser la nacional, está mandada observar en las escuelas y establecimientos públicos, y por haberse descuidado esta parte de instrucción en las islas viven oscuros muchos talentos que pudieran ilustrar no solamente a su país, sinó a la nación entera; deseando que no queden estériles tan felices disposiciones y considerando finalmente que sería tan dificultoso el corregir este descuido en las personas adultas como fácil será fácil emmendarle en las generaciones que nos sucedan, he creido conveniente, con la aprobación de la Excma. Diputación provincial, que en todos los establecimientos de enseñanza pública de ambos sexos en esta provincia se observe el sencillo método que a continuación se expresa y se halla adoptado en otras con mucho fruto.
    Cada maestro o maestra tendrá una sortija de metal, que el lunes entregará a uno de sus discípulos, advirtiendo a los demás que dentro del umbral de la escuela ninguno hable palabra que no sea en castellano, so pena de que oyéndola aquel que tiene la sortija, se la entregará en el momento y el culpable no podrá negarse a recibirla; pero con el bien entendido de que en oyendo este en este mismo local que otro condiscípulo incurre en la misma falta, tendrá acción a pasarle el anillo, y este a otro en caso igual, y así sucesivamente durante la semana hasta la tarde del sábado, en que a la hora señalada aquel en cuyo poder se encuentre el anillo sufra la pena, que en los primeros ensayos será muy leve; pero que se irá aumentando así como se irá ampliando el local de la prohibición, a proporción de la mayor facilidad que los alumnos vayan adquiriendo de espresarse en castellano, y pasa conseguirlo más pronto convendrá también señalar a los más adelantados algún privilegio, tal como el de no recibir la sortija los lunes, o ser juez en los pleitos que naturalmente se suscitarán sobre la identidad o dialecto de la palabra en disputa.
    De esta manera, insensiblemente, sin trabajo alguno de parte de los maestros, y siendo los castigos incomparablemente menores que las faltas, se conseguirá no solamente que al cabo de algún tiempo de constancia llegue a familiarizarse la juventud mallorquina con la lengua en la que están escritas las doctrinas y conocimientos que aprende, y a espresarlos con facilidad y soltura, sino también el que se guarde más silencio en las escuelas por el temor que cada uno tendrá de incurrir inadvertidamente en la pena del anillo y esponerse al castigo, ó á lo menos á las zozobras que siempre le precederán.
    El zelo mejor entendido de los maestros en plantear y sostener esta medida tan sencilla y el adelantamiento de sus discípulos, será un merito particular para unos y otros y un objeto especial de examen en la visita anual que pasaré a todas las escuelas de la provincia; y para perpetuo recuerdo y observancia de esta disposición se conservará fijo en el interior de las escuelas el presente edicto. Dado en la ciudad de Palma a 22 de febrero de 1837."

    És molt destacable aquest document per saber fins a quin punt s'aplicaren càstigs perquè els nins dins les escoles deixassin de parlar en català, i també és significatiu el grau de desconeixement de la llengua castellana que implica tot el que s'exposa en aquest document.

    Pareix que aquest mètode de persecució es va practicar fins durant el franquisme.


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