Constitucions del Seminari Episcopal de Barcelona (1784)

Transcripció:
“CLXXX. Otro ramo de instrucción no menos necesario a los Seminaristas es el hablar y escribir con propiedad el idioma dominante en el Reyno; para lo qual si en todos lugares se necesita alguna particular atención y estudio, ha de ser mayor sin duda en un país, en que no es el idioma vulgar. A cuyo fin nuestro inmediato Predecesor de buena memoria dispuso que se trabajaran los Rudimentos de la Gramática castellana proporcionados a los Catalanes, pues ya desde entonces deben estudiar los muchachos...". CLXXXI. Así mandamos al Vicerector, que zele que los Seminaristas tengan bien presente estos Rudimentos con que se les allanarán las dificultades más frequentes en el idioma castellano. Y para que lleguen a hablarlo con desembarazo, ordenamos que en todos los actos públicos de capilla, estudio y qualesquiera otros del Seminario, sea siempre el castellano el idioma común. Pero al mismo tiempo, para que este uso nunca degenere en una confusa mezcla del idioma castellano y catalán, mandamos que la conversación de después de haber comido sea casi siempre sobre la propiedad de la lengua castellana, notando con especial cuidado sus diferencias con la catalana. Y encargamos al Vicerector y Catedráticos, que en el examen de las traducciones del latín, y de todo lo que en castellano escribieren los Seminaristas, zelen no menos que la inteligencia del latín, la propiedad de las voces y frases, y la buena ortografía en castellano. A más dexamos al arbitrio del Director el valerse de los estímulos que según las circunstancias juzgare más eficaces, para mantener y fomentar en todos los Seminaristas el deseo de poseer perfectamente el idioma nacional."

"Constituciones del Seminario Episcopal de Barcelona dispuestas por el Ilustrísimo Señor D. Gavino de Valladares y Mesía, Obispo de Barcelona, del Consejo de Su Magestad. Barcelona. Por Francisco Suriá y Burgada,Impresor"