Littera Episcopi Celsonensis ad decuriones ceruariae denegando licenciam concionandi in lingua castellana
Transcripció:
"Hoy han puesto en mi mano una carta... a la qual acompaña una lista de Sermones (y son los de todoelaño, exceptuando los de Adviento y Cuaresma) que desea V.S. se prediquen aí en lengua Castellana, sin embargo de tener presente lo dispuesto en contrario, en la carta pastoral 20-III-1748 con superiores motivos: y aunque mi deseo de servir a V.S. esmuy eficaz, me es forzoso reprimirle en la ocasión presente, por no obrar contra una de las Máximas fundamentales... y aun contra el dictamen de mi conciencia, que solo puede permitirme el conceder licencia para predicar en Idioma Castellano, en caso de necesidad... pues aunque la mayor parte del Auditorio... de Eclesiásticos, de Nobles y de Académicos, resta una no pequeña parte, a quien en conciencia, y en particular razón debo procurar el pan de la doctrina... que serámás útil ministrado en Idioma Cathalán y que este es aptísimo para el Púlpito y para todo género de Sermones, aunque se hallan de predicar a los Auditorios més ilustres y sabios... A lo menos no podránegarse al Idioma Cathalán, lo que de toda lengua nacional afirmó San Pedro Chrysólogo, diciendo que es dulce a los doctos y muy amable a los Nacionales... Ruego pues a V.S. se sirva tener a bien que se predique en Cathalán... Solsona y julio 21 de 1748. Fr. Joseph Obpo. de Solsona."
Aquesta lletra es troba a Processus Juris Ecclesiastici Super doctrina Cristiana pàg. 104-105, segons la informació que dóna Bonet (1984) pàg. 75-76